Verifica en 30 segundos si aplica la exención del 19% de IVA según el Artículo 481 del Estatuto Tributario, y descarga el documento de soporte para tu archivo.
Depende de si el huésped acredita su condición de no residente en Colombia y de si tu hotel está inscrito en el Registro Nacional de Turismo (RNT). Los servicios hoteleros prestados a personas no residentes pueden estar exentos del 19% de IVA, según el literal d) del Artículo 481 del Estatuto Tributario y el Decreto 1625 de 2016. Usa la calculadora arriba para verificar tu caso específico en segundos.
Visa de turismo vigente, Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP3, PIP5, PIP6, PIP10), o visa temporal (TP7, TP11, TP12). El hotel debe conservar copia de estos documentos como soporte de la exención aplicada.
El Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP) otorga 90 días calendario desde la fecha del sello de entrada, prorrogables hasta 180 días en total por año calendario mediante un PTP (Permiso Temporal de Permanencia). Pasados los 90 días sin PTP, el documento deja de ser válido para acreditar no residencia.
No. A diferencia del PIP, la visa temporal (TP) tiene su propia fecha de vigencia impresa en el documento —puede ser de meses o de varios años según el subtipo— y no se calcula desde la fecha del sello de entrada.
El Registro Nacional de Turismo (RNT) es el registro que acredita a un establecimiento como prestador de servicios turísticos formal en Colombia. Sin inscripción vigente en el RNT, el hotel no puede aplicar la tarifa de IVA del 0%, aunque el huésped sí cumpla los requisitos de no residencia.
La exención sigue aplicando independientemente de quién pague el servicio, siempre que el beneficiario final (quien se hospeda) acredite su condición de no residente.
El sello de entrada de Migración Colombia está en una de las páginas del pasaporte. La fecha de vencimiento de la visa temporal (TP) está impresa directamente en la visa, no en el pasaporte. Más detalles en la guía dentro de la calculadora arriba.
Esta calculadora es gratuita y fue creada por RONA (Grupo Polo Diverso) para ayudar a recepcionistas, administradores y contadores de hoteles en Colombia a resolver rápidamente una de las preguntas más frecuentes y confusas del día a día operativo: si corresponde o no cobrar IVA a un huésped extranjero. No requiere registro ni pago.